El sábado 19 de marzo de 2005 se publicó en el BOE la Orden PRE/690/2005,
por la que se regulan las bases, el régimen de ayudas y la gestión del Plan
Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica
(2004-2007) en la parte dedicada al Fomento de la Investigación Técnica.
El Plan Nacional de I+D+i se compone de áreas
temáticas, en las que el dominio científico-tecnológico de actuación está
definido, áreas horizontales abiertas a todos los dominios
científicos-tecnológicos y acciones estratégicas transversales. Las áreas
temáticas y las áreas horizontales engloban un número determinado de Programas
Nacionales, cada uno de los cuales tiene un ámbito de actuación. El ámbito de
esta Orden de bases se circunscribe a las actividades de investigación técnica
contempladas en el Plan Nacional de I+D+I, así como los correspondientes
instrumentos de apoyo cuya gestión se ha asignado a los Ministerios de Educación
y Ciencia y de Industria, Turismo y Comercio, siguiendo el procedimiento que se
regula tanto en esta Orden como posteriormente en las Resoluciones de
convocatorias de ayudas referidas a los Programas, Subprogramas, acciones
estratégicas transversales y programas horizontales enunciados en los puntos 2 y
3 del apartado segundo del Capítulo I de la Orden.
Las actuaciones relacionadas con esta Orden tienen
como finalidad contribuir a la consecución de los objetivos del Plan Nacional de
I+D+I en el ámbito de la investigación técnica. Las metas que se proponen son:
-
favorecer la realización de proyectos de
investigación y desarrollo tecnológico que incrementen la capacidad
tecnológica del sistema ciencia-tecnología-empresa.
-
extender y optimizar el uso, por parte del sistema
ciencia-tecnología-empresa, de las infraestructuras públicas y privadas de
investigación.
-
impulsar y facilitar la participación del sistema
ciencia-tecnología-empresa español en programas internacionales de cooperación
en investigación científica y desarrollo tecnológico.
-
incentivar la realización de proyectos de
investigación y desarrollo tecnológico que atiendan a la eficiencia
energética, reduciendo las emisiones de gases que provoquen el efecto
invernadero.
Los objetivos específicos de los Programas,
Subprogramas y Acciones Estratégicas que componen el ámbito material se
detallarán para cada uno de ellos en las convocatorias derivadas de la Orden.
Los tipos de proyectos y actuaciones objeto de ayuda
serán:
-
Proyectos de investigación industrial
-
Estudios de viabilidad técnica previos a actividades
de investigación industrial o de desarrollo
-
Proyectos de desarrollo tecnológico
-
Acciones complementarias
-
Acciones complementarias de cooperación
internacional
-
Proyectos de investigación del Plan Nacional de
Ciencias Sociales, Económicas y Jurídicas.
Para que un proyecto sea financiable por PROFIT
deberá tener, en general, un presupuesto mínimo total de 60.000 € cuando se
trate de concesión de una subvención o de 1.000.000 € en el caso de la concesión
de un préstamo.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas empresas, agrupaciones o asociaciones, centros privados de investigación y desarrollo sin ánimo de lucro,
Centros
Tecnológicos, Organismos Públicos de Investigación y otras entidades de derecho público.
Los proyectos y actuaciones tecnológicas podrán
realizarse en modalidad individual y de cooperación. Las ayudas podrán
concederse con arreglo a las modalidades de subvención y préstamo.
Las solicitudes para la obtención de ayudas seguirán
el modelo del anexo de la Orden
y habrán de ser cumplimentadas utilizando los medios telemáticos facilitados
cuando se realice la Resolución de convocatoria en la dirección de Internet del
Ministerio convocante. El modelo será susceptible de modificaciones en virtud de
la propia convocatoria.
Puedes
obtener esta solicitud desde la página del BOE
pinchando
aquí.